18.1.13

Secretaría de Cultura rechaza orden Sala Constitucional de reinstalar despedidos


María Luz Nóchez de El Faro.

La Secretaría de Cultura se negó este miércoles 16 de enero a acatar una orden de la Sala de lo Constitucional que, al admitir la petición de amparo de 13 de 17 empleados cesados el 20 de diciembre del año pasado, le ordenó mantenerlos en sus cargos mientras emite una resolución definitiva.
La Secultura cambió su discurso en un lapso de 12 días, después de que el 4 de enero pasado emitiera un comunicado en el que prometía respetar lo que dispusieran las instancias a las que los empleados pretendían apelar.
La Sala de lo Constitucional, en su resolución de admisión de las peticiones de amparo, dispuso como medida precautoria el reinstalo de los demandantes y prohibió la contratación de sustitutos. Los trabajadores alegan que se les violó los derechos constitucionales de audiencia, defensa y estabilidad laboral.
El 7 de enero de este año, 13 despedidos de la Secultura pidieron amparo a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, argumentando que no hubo justificación para que su contrato ya no fuera renovado. Explicaron que sus puestos no eran de confianza personal ni política, ya que sus funciones eran de carácter técnico y permanente.
Antes de que pidieran amparo, el Sindicato de Trabajadores de la Secultura se reunió el 4 de enero con la secretaria Magdalena Granadino y con los directores nacionales para negociar la reinstalación de los despedidos. La reunión, describe Rafael Cañas, secretario de conflictos del sindicato, fue infructífera y sin justificaciones válidas para prescindir de sus servicios. Desde la institución la respuesta oficial fue el comunicado en el que justificaba que en la búsqueda del personal idóneo, había tomado la decisión de no renovar esos contratos. Además, que reconocía el derecho de los despedidos a apelar ante otras instancias, y hacía su promesa: “La Secretaría de Cultura de la Presidencia respetuosamente acatará los fallos que estas emitan”.
El 11 de este mes, la Sala de lo Constitucional emitió una resolución en la que establece que “resulta procedente ordenar la suspensión de los efectos de la actuación impugnada, ordenando a la Secretaria de Cultura y a la Gerente de Recursos Humanos que, mientras dure la tramitación de este proceso de amparo y no obstante haya transcurrido el plazo establecido en el contrato antes relacionado, se abstenga de separar a la demandante de su cargo [...] y de nombrar a otra persona para sustituirla en el citado cargo”.
Para sustentar esta orden, la Sala cita la sentencia emitida el 19 de diciembre de 2012 sobre un amparo presentado en febrero de 2011 en contra de la Fiscalía General de la República, en la que Carlos Hernández Aguilar demanda que no le fueron justificadas las causas por las que su contrato no sería renovado. Romeo Barahona, quien entonces era el fiscal general, apeló diciendo que el puesto desempeñado por el demandante constituía un cargo de confianza. Al cabo de 22 meses, la Sala resolvió que un cargo es de confianza cuando las actividades desempeñadas por los empleados “están vinculadas directamente con los objetivos de una determinada institución” y que, por tanto, el despido no precedía.
La sentencia también marca precedente en cuanto a la estabilidad laboral de los empleados públicos que están vinculados con el Estado a través de un contrato. En ella establecen que esta modalidad ha sido tergiversada en la práctica, ya que esta figura ha sido “utilizada para la contratación de personal con atribuciones permanentes e inherentes a su quehacer ordinario” y no para establecer relaciones laborales entre las instituciones y los trabajadores que prestan sus servicios de forma eventual, naturaleza para la que originalmente fue diseñada este régimen. Y agrega que se modificará el criterio jurisprudencial para que “la finalización de la vigencia del plazo de un contrato no sea el criterio determinante para excluir la estabilidad de quienes están vinculados con el Estado bajo esa modalidad”, debido a que la esencia del trabajo no depende del acto o de la formalidad que dio origen a la relación laboral.
De las 13 personas a las que la Sala les resolvió el amparo, solo dos han podido reintegrarse a sus labores. Los 11 restantes han regresado a sus oficinas, pero no a las actividades que hasta el 20 de diciembre realizaban, porque en su lugar hay alguien más ejecutando las tareas que les corresponden.
Es precisamente en este factor que se resguarda la Secultura y alega que los nombramientos de los nuevos empleados ya habían sido autorizados por el Ministerio de Hacienda previo a ser notificados por la Sala, motivo por el que la institución “está imposibilitada a dar cumplimiento a la reinstalación”. Con este comunicado, tanto la institución como su titular han entrado en contradicción en su postura oficial. Hace 12 días la Secultura declaró que sería respetuosa de las resoluciones que las instancias competentes emitiera, pero desde que se dio por notificada de la orden de reinstalo se abocó al mismo tribunal que los que ahora la demandan con la intención de revertir la resolución del amparo de los exempleados.
Empleados y cargos cesados y amparados por Sala de lo Constitucional:
1. Luis Antonio Guzmán Alfaro, coordinador, Dirección Nacional de Espacio de Desarrollo Cultural.
2. José Manuel Avalos Espinoza, administrador, Dirección Nacional de Artes de la Orquesta Sinfónica de El Salvador.
3. Alvin Enoc Campos Garay, encargado de la Sala de Ventas, Dirección de Publicaciones e Impresos.
4. Mario Numa Bracamonte Valencia, Director de Sistema de Coros y Orquestas de El Salvador.
5. María Emilia Carballo, Encargada de Relaciones Públicas y Comunicaciones en el Museo Nacional David J. Guzmán.
6. Jorge Osmaro Quintanilla Solís, Técnico I,  Coordinación de Zonas y Monumento, Dirección de Patrimonio Cultural.
7. Héctor Antonio Jorge Godínez, Músico de Marimba, de Ballet Folclórico Nacional, Dirección Nacional de Artes.
8. Rocío Astrid Rubio Velazco, Técnico en Mantenimiento, Gerencia de Mantenimiento y Logística.
9. Marcelo René Cañénguez Muñoz, Mensajero, de la Gerencia de Mantenimiento y Logística.
10. Juan Francisco Morales Maldonado, Auxiliar de Mantenimiento, de la Gerencia de Mantenimiento y Logística.
11. Silvia Elena Henríquez Valencia, Administradora del Museo David J Guzmán, Dirección de Patrimonio Nacional.
12. Ana Margarita Carpio Sandoval, Técnico de enlace de las Casas de la Cultura de San Salvador. 
13. Marta Adaluz Cabezas Navarro, Coordinadora de Recursos Humanos, Centro Nacional de Artes (CENAR).
14. Miguel Ángel Barrera,  Gerencia de Recursos Humanos de  SECULTURA.
15. Alejandro Peña, Unidad de Sitios y Monumentos, de la dirección de Patrimonio Cultural.

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